Universidad Católica Boliviana "San Pablo"

30 1.4.1. Concepto de indemnización Por medio de la Indemnización, se le otorga al trabajador una protección económica frente al despido injusto, debido a que aquel trabajo del que fue despedido es su única fuente para poder vivir y sustentar a su familia. De acuerdo a la doctrina se la conoce también como indemnización por despido, por antigüedad, por cesantía, por ruptura abusiva del contrato de trabajo, por tiempo de servicios. La Ley General del Trabajo recoge la denominación de indemnización por tiempo de servicios. 72 Por su parte, Guillermo Cabanellas, 73 expresa que “como noción general se trata de la compensación económica que el empresario le abona al trabajador por el lapso de servicios prestados y por los perjuicios que le ocasiona la ruptura del contrato, sin motivo imputable al empleado.” Asimismo, Krotoschin, señala que la disolución del contrato por parte del empleador tiene como fin la compensación económica de los perjuicios ocasionados al trabajado por la pérdida de su fuente laboral. 74 De igual manera, Francisco De Ferrari, 75 por su parte manifiesta “que el empleador está obligado a pagar lo que se llama la indemnización por despido, es decir a reparar el daño que se causa por el simple hecho de rescindir el contrato de trabajo.” Olmos Osinaga indica que “En la tutela del contrato de trabajo se debe garantizar el tiempo de servicios que presta el trabajador en la empresa y el 72 OLMOS OSINAGA, Mario. Ob. Cit., p. 208. 73 CABANELLAS, Guillermo. Compendio de Derecho Laboral. Buenos Aires. 1968. P. 815. Citado por OLMOS OSINAGA, Mario. Ob. Cit., p. 208. 74 KROTOSCHIN, Ernesto. Instituciones del Derecho del trabajo. Buenos Aires. 1968. Pág.534. Citado por OLMOS OSINAGA, Mario. Ob. Cit., p. 208. 75 DE FERRARI, Francisco. Derecho del trabajo. Buenos Aires. 1968. Tomo I. Pág.46. Citado por OLMOS OSINAGA, Mario. Ob. Cit., p. 208.

RkJQdWJsaXNoZXIy Mjc5NTQw