Universidad Católica Boliviana "San Pablo"

121 3. ¿Cómo procede el Ministerio del Trabajo ante denuncias sobre acoso laboral ? R. El acoso laboral esta normado, nosotros simplemente nos limitamos al supuesto acosador o empleador, aunque también puede ser el acosador de la misma relación de trabajo del acosado. Se lo invita a declarar las causas en una audiencia pública para verificar la veracidad de los hechos y opinión de las partes. 4. ¿Usted cree que nuestra normativa es suficiente o insuficiente? ¿Por qué? R. Todavía es insuficiente, recién estamos hablando de éste tema, así también del acoso sexual que es aun más polémico. 5. ¿Usted cree que debería existir una normativa especial contra el acoso laboral? R. Si, aunque en la nueva propuesta de la ley del trabajo ya se encuentra esta figura, que vendría a modificar el código de trabajo.

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