Universidad Católica Boliviana "San Pablo"
4. RENDICIÓN Y REPOSICIÓN DE FONDOS DE CAJA CHICA 4.1 Los Fondos de caja chica deberán rendirse al menos una vez al mes, aunque se hayan realizado muy pocos gastos; sin embargo dentro de este mismo lapso de tiempo, los Fondos podrán reintegrarse en más de una oportunidad, según las necesidades y la precaución de mantener un monto mínimo suficiente para el adecuado funcionamiento. 4.2 Al recibir el Departamento de contabilidad la rendición para su aprobación, ésta debe estar debidamente preparada, vale decir, firmada, fechada, con toda la documentación de respaldo, debidamente sumada y con todos los conceptos claramente detallados. 4.3 El Analista contable debe sellar con VoBo todos los documentos que aprueba en cada rendición. 4.4 La Gerencia de Administración y finanzas no cursará ninguna reposición de Fondos de caja chica sin la visación del Analista contable. Por su parte, esta Gerencia hará las revisiones pertinentes sobre las rendiciones y emitirá las observaciones que pudieran desprenderse, procediendo, si es el caso, a rechazarlas y devolverlas, debiendo indicarse el motivo del rechazo. La devolución se hará al Encargado del Fondo, con copia al Analista contable. 5. FONDO A RENDIR PARA COMPRAS CON FONDO DE CAJA CHICA 5.1 Toda solicitud de fondos a rendir para compras y requerimiento de servicios con recursos del Fondo de caja chica debe ser escrita (comunicación interna). 5.2 Cuando se requiera dinero del Fondo de caja chica, éste podrá ser entregado a otro empleado en categoría de Fondo a Rendir para compras con Fondo de caja chica, para cuyo efecto el Encargado del Fondo deberá sellar como cancelado la solicitud (comunicación interna) y solicitar la firma del Jefe del área y del empleado. Dicho documento deberá consignar obligadamente como mínimo cada uno de los siguientes datos. a. Nombre y Firma de quien recibo el dinero b. Fecha c. Monto d. Motivo del Gasto
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