Universidad Católica Boliviana "San Pablo"

e) Adoptar con oportunidad las medidas necesarias conducentes para la buena ejecución de las tareas de su área y supervisar el rendimiento y disciplina del personal a sus órdenes directas; f) Coadyuvar a la capacitación del personal dependiente; g) Guardar reservas de todas las operaciones de la empresa de todo asunto o documentos que deben permanecer en carácter de confidencial; h) Velar por los intereses de la empresa y por la conservación de su patrimonio. El resguardo y conservación de los bienes es una obligación inherente al personal, siendo su deber ineludible llevar a conocimiento de sus superiores dodo acto que pueda causar perjuicio a la entidad o implique la comisión de un delito o falta; i) Conducirse con cortesía en sus relaciones verbales y escritas con los superiores, compañeros de trabajo, subordinados y público en general observando una conducta respetable. j) Excusarse de intervenir en todo acto en que su actuación pueda originar interpelación de parcialidad o exista incompatibilidad o conflicto de intereses; k) Reemplazar a sus compañeros de trabajo en la realización de tareas que corresponda a su formación y aptitudes, en sao de inasistencia de aquellos, sin exigir por ello remuneración adicional; l) Dejar constancia con su firma, de la producción o revisión de los trabajos en los que intervenga, a fin de asumir responsabilidades. m) Poner en conocimiento de las autoridades la comisión de delitos o actos irregulares que haya detectado. ARTÍCULO 35 o (PROHIBICIONES) Sin perjuicio de las prohibiciones establecidas en la ley general de trabajo, queda prohibido al personal lo siguiente: a) Realizar actividades particulares de carácter profesional, comercial u otras incompatibles con las funciones que cumple en la empresa.

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