Universidad Católica Boliviana "San Pablo"
28 Tabla 1. Tasas máximas de interés activas para créditos de Vivienda Social. Fuente: D.S.1842 Art. 3. El artículo 4 expone los niveles mínimos de cartera. Tabla 2. Niveles mínimos de cartera de Crédito de Vivienda Social y Crédito Productivo. Fuente: Elaboración Propia, 2018 en base al art. 4 del D.S.1842 Las entidades de intermediación financiera reguladas por la ASFI tendrán los siguientes plazos para alcanzar los niveles mínimos de cartera, computables desde la publicación del presente Decreto Supremo: 1) Bancos Múltiples: cinco (5) años; 2) Bancos PYME: cinco (5) años; 3) Entidades Financieras de Vivienda: cuatro (4) años; 4) Mutuales de Ahorro y Préstamo sujetas a transformación a Entidades Financieras de Vivienda: cuatro (4) años. Entidad Financiera Crédito de Vivienda Crédito al sector productivo Total Banco Múltiple 35% 25% 60% De Vivienda 50% 50% Pequeña y Mediana Empresa 40% 10% 50% TASA MÁXIMA DE INTERÉS ANUAL 5.50% 6.00% 6.50% VALOR COMERCIAL VIVIENDA DE INTERÉS SOCIAL Igual o menor a UFV255.000 De UFV255.001 a UFV380.000 De UFV380.001 a UFV460.000
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