Universidad Católica Boliviana "San Pablo"
Es en ese sentido que se hace referencia a un Estado mono cultural y mono nacional, en la medida en que en su diseño sólo se tomó de referencia retórica los valores de la diversidad cultural del modelo que se pretende gestar, esta forma estatal plurinacional en la que las diferencias se constituyen en obstáculos para la convivencia de acuerdo al paradigma de igualdad que el Estado Moderno ha prefigurado. En esta lógica hegemónica resulta inevitable que los actores de derecho y del sistema jurídico construyan instituciones y normas monista, que parte de la idea que “el Derecho sólo existe en la forma de un sistema único y universal “como lo menciona Alfredo Sánchez C. (2008, p. 22 y 55). Bajo ese criterio, un sistema jurídico existe cuando las normas jurídicas son un producto exclusivo del Estado; por tanto, aquellas otras normas que pueden existir en una sociedad, quedan al margen del derecho o subsumidas a la lógica monista, con la que los sujetos y actores del derecho han sido formados e instruidos, por lo que se hace muy complejo concebir otro orden social y jurídico, cuando las estructuras de los Estados y sus instituciones responden a una lógica monista y las mentalidades de los actores políticos del derecho no tienen otro modo de pensar que no sea este, a pesar de la retórica del relativismo cultural y de las nuevas tendencias de la teoría constitucional latinoamericana que se viene realizando desde la década de los noventas, sin conseguir resultados orientadores, el pluralismo jurídico y el Constitucionalismo Latinoamericano, surge no al calor de la reflexión de un nuevo enfoque filosófico de la política y del derecho sino de las luchas políticas de las sociedades enfrentando a la oligarquías locales con los movimientos populares (Ibídem. 2013), los mismos que están a contrapelo con las estructuras de pensamiento dominantes entre los sujetos del derecho y de la política, quienes hacen las normas y administran la justicia desde sus instituciones. La Constitución Política vigente, inserta en la corriente denominada “Nuevo Constitucionalismo Latinoamericano” y el protagonismo de los Pueblos Indígenas. La vigente Constitución Política del Estado emergente de la Asamblea Constituyente que comenzó el 6 de agosto de 2006 en Sucre, con el único propósito de redactar una nueva constitución y pese a los conflictos, la Asamblea aprueba la nueva Constitución Política
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