Universidad Católica Boliviana "San Pablo"
Tesis de Licenciatura en Derecho 24 2.2.2. Normativas de Salud en Bolivia El Código de Salud regula la prevención y control de enfermedades transmisibles y no transmisibles, en su Libro Tercero Título I, el objetivo es evitar la propagación de enfermedades venéreas 18 . Esta norma marca una de las tendencias que ha adoptado Bolivia que es el modelo abolicionista en relación a la prostitución, puesto que si bien se enmarca en un contexto de una política de salud del Estado, es posible advertir que se busca disuadir la organización de las personas que ejercen el comercio lascivo, ya que se considera esta actividad como peligrosa para la salud de las personas, de manera que les impone un control de salud obligatorio, con el objeto de llevar una estadística sanitaria. La infracción a esta disposición permite la clausura de dichos locales, y faculta imponer otro tipo de sanciones. 2.3. EL DERECHO A ELEGIR A LA PROSTITUCIÓN COMO TRABAJO Las personas que realizan esta actividad pueden ampararse en la Constitución Política del Estado la cual protege el libre derecho de elección al trabajo. 2.3.1. Constitución Política del Estado En nuestro país, han predominado a partir de la década de los 90’s dos sistemas jurídicos en el comercio sexual, el abolicionista y el reglamentarista. A nivel nacional ha subsistido el sistema abolicionista por lo que no se incluye en las leyes la figura de la prostitución o Trabajo Sexual Comercial TSC ni para regularla, ni para sancionarla. 18 WIKIPEDIA . ORG: Infecciones de transmisión sexual. (ETS). Conjunto de afecciones clínicas infectocontagiosas que se transmiten de persona a persona por medio de contacto sexual que se produce, casi exclusivamente, durante la s relaciones sexuales, incluido e l sexo vaginal, e l sexo anal y el sexo oral. <http://es.wikipedia.org/wiki/Infecciones_de_transmisi%C3%B3n_sexual> (Consultado: 10/10/2012).
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