Universidad Católica Boliviana "San Pablo"

15 Para Pérez Patón, 26 el concepto social es meramente comprensivo de todos sus elementos, y que el Estado por medio de su función reguladora de las relaciones de trabadores y empleadores, se encuentra en la obligación de ayudar, tutelar, proteger al derecho social dentro de su concepto.  Derecho Industrial Esta denominación ha sido rechazada por la doctrina por inadecuado, ya que hoy en día, el objeto de la legislación laboral se ha extendido más allá de la industria, incluyendo a las empresas comerciales, agrícolas, así también con el trabajo doméstico, entre otros. 27 o Derecho laboral 28 “la sinonimia entre trabajo y labor permite utilizar esta voz para adjetivar el Derecho relacionado con aquel otro vocablo siguiendo así la tendencia general de las ramas jurídicas, que posponen al término obligado al Derecho el calificativo de la especialidad.” 1.1.5. Naturaleza jurídica del Derecho al Trabajo Machicado, 29 Kaskel, 30 Cabanellas, 31 Quisbert, 32 Martínez Cárdenas, 33 y Walker Linares 34 , afirman que el Derecho del Trabajo es de naturaleza mixta, la clasificación bipartita se remonta hasta los tiempos de Ulpiano. 26 PEREZ PLATON, Roberto. Derecho Social y Legislación del Trabajo. Buenos Aires. 1954, p.40. Citado por OLMOS OSINAGA, Mario: Compendio del derecho del trabajo. La Paz Bolivia. Ed. Serrano, 1974, p. 5. 27 OLMOS OSINAGA, Mario. Ob. Cit., p. 5. 28 CABANELLAS, Guillermo. Compendio de Derecho Laboral. Buenos Aires. 1968. P. 152. Citado por OLMOS OSINAGA, Mario. Ob. Cit., p. 5. 29 MACHICADO, Jorge. Beneficios Sociales del Trabajo. Sucre-Bolivia. Universidad San Francisco Xavier. ed. New Life. 2010, p. 7. [en línea]. Disponible en:< https://docs.google.com/viewer?a=v&q=cache: fPNR0CSvoC0J :ermoquisbert.tripod.com /pdfs/dt02-derecho-del-

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