Universidad Católica Boliviana "San Pablo"
8 trabajo se realizaba a través del régimen feudal en el campo mediante el sistema artesanal, que se desarrollaba en las ciudades. 3 Claure Sensano, 4 explica que “la convicción de que un ser supremo predestinaba los diferentes destinos del hombre y sus instituciones, fue una idea comúnmente aceptada”. Disposiciones Legales Teocráticas: “El Código de Hammurabi del pueblo babilónico o caldeo del año 1700 a.C. (aproximadamente). Las leyes mosaicas del pueblo hebreo del año 1300 a.C. (aproximadamente). El Código de Manú del pueblo hindú del año 500 a.C. (aproximadamente) Las disposiciones legales del Buda (Siddartha Gautama) para el pueblo chino del año 480 a.C. (aproximadamente). La ley de las XII Tablas de Roma, del año 450 a.C. (aproximadamente)”. (SENSANO, 2009, 25) En la época de la Revolución Industrial, comprendido entre la segunda mitad del Siglo XVIII y principios del XIX, el costo de la mano de obra bajó indiscutiblemente, debido a que la fuerza laboral humana fue desplazada por las máquinas industriales, dejando atrás los talleres artesanales, que en su momento fueron de gran importancia para el desarrollo de la civilización. En ése momento las relaciones laborales se encontraban reguladas por el derecho privado. Es en 1798, donde se percibe la división definitiva entre el derecho público y el derecho privado, división que había sido expuesto por Ulpiano. Además, en ésta época el trabajador o siervo ofrecía sus servicios a cambio de protección y seguridad por parte del dueño de la tierra. 5 Sandoval afirma que “el derecho del trabajo alcanza su legitimación histórica con el Tratado de Versalles de 1919, suscrito entre las Potencias Aliadas y 3 DESPOTIN, Luis A. Derecho del trabajo. Buenos Aires. 1957. Pág. 69. Citado por OLMOS OSINAGA, Mario: Compendio del derecho del trabajo. La Paz Bolivia. Ed. Serrano, 1974, p. 2. 4 CLAURE SENSANO, Gonzalo. Ob.Cit., p. 25. 5 Ibid. p. 26.
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