Universidad Católica Boliviana "San Pablo"
4 La filosofía general del Convenio es que los pueblos indígenas gocen del derecho de decidir sus propias prioridades de desarrollo, puedan fortalecer su identidad, cultura, costumbres e instituciones propias si así lo desean, respeto efectivo de sus derechos fundamentales, individuales y colectivos, reducir la brecha económica y social con el resto de la población. Los motivos para investigar el problema planteado, se circunscriben en la oportunidad de proponer soluciones teórico práctica, a la nueva modalidad de conflictividad social que ha generado durante los últimos años, el auge de las grandes inversiones públicas y privadas en los denominados mega-proyectos. Existe fuerte oposición social en diversas regiones del país contra estas iniciativas, en los departamentos del occidente como del oriente del país, donde municipios articulados exigen al Gobierno, frenar el menoscabo y respetar el derecho de consulta. Como objetivo se pretende demostrar que el Art. 30 numeral 15, del capítulo cuarto, relativo al derecho a la consulta de las Naciones y pueblos indígena originario campesinos, reconocido por la Constitución Política del Estado Plurinacional de Bolivia, resulta insuficiente si no se le atribuye el carácter vinculante para un efectivo ejercicio y protección de los mismos. Con respecto a las áreas del derecho a las que se aboca la presente investigación son de derecho público; Derecho constitucional, Derecho Administrativo, Derecho Agrario, Derecho Ambiental y de Hidrocarburos, así como los Derechos colectivos de los pueblos Indígenas. El tipo de investigación utilizada para la realización de este proyecto es de carácter:
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