Universidad Católica Boliviana "San Pablo"
145 4.- La garantía personal con la presentación de dos garantes, con domicilio. Dispone librar el mandamiento de aprehensión de detención preventiva en contra del imputado P. • Querella Penal: La tía de la víctima se constituye en parte del proceso al interponer la querella penal, contra el imputado P, por cuanto su sobrina, que en este caso es la víctima, relata que se habría trasladado de Cochabamba a esta ciudad, con el fin de poder trabajar y estudiar, pero que fue sorprendida al enterarse que su sobrina, se encontraba trabajando en local XY, como dama de compañía, ya que ella es menor de edad y tiene 17 años, y que los imputados P y N, no podría haber desconocido ya que por su simple contextura y a simple vista se puede observar que la victima es menor de edad, por lo que los imputados habría sonsacado a la víctima, aprovechándose que se encontraba en estado de necesidad, y que de esta manera, adecuan su conducta al tipo penal establecido como delito de Corrupción de Menores, tipificado en el Art. 318 del Código Penal, y pide que en la sustanciación del juicio se declare sentencia condenatoria, por el delito de Corrupción de Menores. La Fiscal como actos conclusivos a la etapa preparatoria presenta como salida alternativa y requiere procedimiento abreviado presentado debidamente el acuerdo legal para su efecto. 3.4.3.2. Acta de Audiencia conclusiva de Procedimiento Abreviado Ante el Juzgado Tercero de Instrucción en lo Penal de la capital, conformado el tribunal por la Sra. Juez, el secretario procede a instalar la audiencia conclusiva para considerar el procedimiento abreviado, en la etapa preparatoria, por la presunta comisión del delito de Tráfico de Personas, previamente cumplido con los requisitos de notificación de las partes. La Sra. Juez dispone a realizar las preguntas al imputado P:
RkJQdWJsaXNoZXIy Mjc5NTQw