Universidad Católica Boliviana "San Pablo"

135 formal, el juez podrá ordenar la detención preventiva del imputado a pedido fundamentado del fiscal o querellante cuando se cumplan los requisitos.  El primer Requisito : Que por la denuncia realizada por el abogado de la defensoria de la Niñez y adolescencia por el delito de Trata de Seres humanos y Proxenetismo y que realizado el operativo por la FELCC juntamente con el Ministerio Público y la Defensoria de la Niñez y Adolescencia en el local público denominado “Las Bellas” ubicado en la Av. Tres pasos al frente donde se encontró a dos menores de edad que entrevistadas verbalmente manifiestan que trabajan como prostitutas por lo que la fiscal procede a la aprehensión del imputado que es el administrador del local, presenta el Ministerio Público el cuadernillo de investigación en el que cursa: • Acta de Autorización para ingresar al local “Las Bellas” • informe de Acción Directa realizados por los asignados al caso • Entrevista Psicológica realizadas a las víctimas y certificado de nacimientos de las víctimas. Por lo del análisis de las evidencias aportadas se establece que existen los elementos de convicción suficientes que hacen presumir que el imputado es con probabilidad autor de los delitos imputados por el Ministerio Público.  Segundo Requisito : La defensa no presenta documentación alguna con la que se acredite que cuenta con una familia, domicilio y ocupación o actividad lícita conocida por lo que el imputado no ha demostrado con documentación idónea contar con un arraigo natural lo cual representa peligro de fuga. Y que del análisis de la investigación se tiene que queda latente el peligro de obstaculización toda ves que el imputado puede influencias negativamente en al investigación para beneficiarse por lo que se establece que en el imputado se

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