Universidad Católica Boliviana "San Pablo"

34 1. "Empresa" significa cualquier entidad constituida u organizada conforme a la legislación aplicable, sea de propiedad privada o gubernamental, incluyendo sociedades, empresas de propietario único y empresa conjunta ("joint venture"). 2. "Estado Parte Anfitrión" significa el Estado Parte receptor de la inversión. 3. "Inversión" significa una empresa, incluyendo una participación en la misma empresa, en el territorio de un Estado Parte, que un inversionista de otro Estado Parte posee o controla o sobre la cual ejerce un grado significativo de influencia, que tenga las características de una inversión, incluyendo el compromiso de capital, el objetivo de establecer un interés duradero, la expectativa de ganancia o utilidad y la asunción de riesgos. Los siguientes activos de la empresa, entre otros, están cubiertos por el presente Protocolo: (a) participaciones sociales ("equity") u otros tipos de participaciones en una sociedad; (b) derechos de propiedad, tangible o intangible, mueble o inmueble y cualquier otro derecho real; (c) derechos de exploración, explotación y uso existentes en virtud de una licencia, un permiso o una concesión otorgada y regida conforme a la legislación en la materia del Estado Parte Anfitrión y/o en un contrato; (d) instrumentos de deuda o préstamos de una empresa cuando estén directamente vinculados a una inversión específica; y (e) derechos de propiedad intelectual tal como se define o se hace referencia en el Acuerdo sobre los Aspectos de los Derechos de Propiedad Intelectual relacionados con el Comercio de la Organización Mundial del Comercio (ADPIC). 3.1. Para mayor certeza, "inversión" no incluye:

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