Universidad Católica Boliviana "San Pablo"
111 El capital se divide en cuotas de capital de múltiplo de diez bolivianos que no pueden ser representadas por títulos valores, o acciones, y deben ser canceladas íntegramente, en el acto de constitución. Responsabilidad Limitada lo cual significa que los socios responden ante los malos manejos, sólo hasta el monto de sus aportes. Los socios están obligados a efectuar una reserva legal, reteniendo por lo menos el 5% de las utilidades líquidas hasta alcanzar como mínimo el 50% de su capital, con el objetivo de garantizar el capital pagado y posibles acreedores. La sociedad de Responsabilidad Limitada debe ser constituida como mínimo por 2 socios y un máximo de 25 socios. Su constitución obedece a intereses económicos homogéneos en donde no existe la posibilidad inmediata de emigrar. Su constitución es para grupos íntimos en donde no se tenga por objetivo una ganancia inmediata. Las sociedades de responsabilidad limitada generalmente son administradas por un gerente, pudiendo en su caso serlo por un miembro del directorio, por un tiempo determinado, con facultades de gestión y representación. El aumento de capital social obliga a una nueva firma de escritura constitutiva, introduciendo modificaciones particulares.
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