Universidad Católica Boliviana "San Pablo"
que las comunidades indígena originario campesinas vienen conociendo desde la antigüedad todas las controversias surgidas en la misma de forma que cuentan con la presunción de competencia por su situación histórica de desventaja respecto a la jurisdicción ordinaria por lo que la interpretación de la Ley de Deslinde Jurisdiccional, debe efectuarse de tal manera que lo inhibido a la jurisdicción indígena originaria campesina sea el resultado de una interpretación sistemática del texto constitucional de donde resulte que la exclusión de un “asunto” de la competencia de la jurisdicción indígena originaria campesina, busque de manera evidente y clara en un caso concreto, proteger un bien jurídico de entidad nacional o internacional de acuerdo a las particularidades del caso concreto”. En este contexto se considera que la Ley de Deslinde Jurisdiccional vulnera los principios generales del derecho, la potestad de administrar justicia, es decir la Jurisdicción, los derechos garantizados por la CPE y las normas del Derecho Internacional, relativas al ejercicio del derecho a la libre determinación y autogobierno de los PIOC . 1.1. PREGUNTA DE INVESTIGACIÓN ¿En qué forma y cuáles son las causas principales para que Ley de Deslinde Jurisdiccional restrinja y vulnere los principios generales del derecho y constitucionales de la facultad jurisdiccional de los Pueblos Indígenas? 1.2. OBJETIVOS La presente investigación es organizada a través de los siguientes objetivos: 1.2.1. Objetivo General ● Identificar las restricciones y vulneraciones de los principios generales del derecho y constitucionales en la facultad jurisdiccional de los pueblos
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