Universidad Católica Boliviana "San Pablo"

Tesis de Licenciatura en Derecho 125 policiales por nuestro trabajo. Nos someten a maltrato verbal y físico. Nos golpean. Muchas veces, incluso, las fuerzas policiales nos violan y nos asesinan.  El artículo 25 señala: Toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado que le asegure, así como a su familia, la salud y el bienestar, y en especial la alimentación, el vestido, la vivienda, la asistencia médica y los servicios sociales necesarios. Las trabajadoras sexuales no contamos con este derecho. Violan nuestro derecho a la salud. Lo único que preocupa al personal sanitario es el estado de nuestros genitales. Se nos niega el acceso a una salud integral. A nuestros hijos se los señala y separa en las escuelas por ser hijos de trabajadoras sexuales. Vivimos en barrios precarios con problemas de agua, calefacción y muchas veces altos grados de contaminación, donde no están garantizadas las mínimas condiciones para una vida saludable.  El artículo 26 establece: Toda persona tiene derecho a la educación. Su objeto es el pleno desarrollo de la personalidad humana y el fortalecimiento del respeto a los derechos humanos y a las libertades fundamentales. Las trabajadoras sexuales no contamos con este derecho. Violan nuestro derecho a la educación. La mayoría de las Trabajadoras Sexuales no “tenemos” la escuela completa y eso genera un fuerte complejo de inferioridad. “Nos sentimos” con la autoestima baja, lo que nos lleva a creer que no tenemos derechos. Por esto, el derecho a la educación es universal, para todas las personas, nosotras y nuestros hijos, en horarios accesibles.  El artículo 12 establece: nadie será objeto de injerencias arbitrarias en su vida privada, su familia, su domicilio o su correspondencia, ni de ataques a su honra o a su reputación.

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