Universidad Católica Boliviana "San Pablo"
9 1.1.2. Ubicación del Derecho Penal Muñoz Cond e 4 Es Derecho Penal se encuentra ubicado dentro del derecho público en el que interviene directamente el Estado, es decir hay una relación entre el hombre y Estado como persona de derecho público, pero no es un derecho subjetivo del Estado. se refiere al Derecho Penal como el estudio de las normas, de las conductas que las infringen y de las sanciones aplicables a las mismas que constituyen el Derecho Penal. 5 Sino que es deber de éste de proteger los bienes jurídicos y hacer valer nuestros derechos, para esto, tiene el deber de incriminar y penar mediante la desvalorización de conductas y combinarlos con penas. Pero a si mismo también se encuentra limitado por la propia Constitución Política del Estado en su principio de reserva. Art. 32 C.P.E . 6 Hablar de derecho es, referirse de un modo u otro a la violencia. Violentos son generalmente los casos que se ocupa el Derecho Penal. La violencia esta ahí De lo anteriormente mencionado se puede decir que: a) El Estado no puede imponer una moral, ya que esta es de elección libre. b) El Estado debe reconocer un ámbito de libertad moral c) La pena no cae sobre conducta moral, sino cuando afecte el ejercicio de esa autonomía ética. 1.1.3. Derecho Penal y Control Social 4 Francisco, MUÑOZ CONDE: Derecho Penal. 2ª ed. Ed. Tirant. Lo Blanch. Valencia. 2004. p. 31. 5 Calon E., CUELLO: Derecho Penal. Tomó II. Bosch. Barcelona -España. 1955. p. 26. 6 Art. 32 de la C.P.E. ·”Nadie será obligado a hacer lo que la Constitución y las leyes no manden, ni a privarse de lo que ellas no prohíban”.
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