Universidad Católica Boliviana "San Pablo"

181 d) Del estudio de campo en la Corte Superior de Distrito de la Capital de Santa Cruz de la Sierra Con referencia a los casos que llegaron a conocimiento de los Juzgados de Instrucción de la Corte Superior de Distrito de la ciudad de Santa Cruz, que el número de causas ingresadas por este delito desde la fecha de promulgación de la Ley 3325 “Trata y Tráfico y otros delitos relacionados” de fecha de enero del año 2006 hasta la actualidad no se tiene ningún caso que se haya llegado al Juicio Oral y Público, por lo que solamente se realizo el análisis de los cuadernos procesales y cuadernillos de investigación que se encuentran actualmente en el desarrollo de la etapa preparatoria. Que del número de casos registrados en la División de Trata y Tráfico de Personas de la Fuerza Especial de Lucha Contra el Crimen y el del número de ingreso de causas a los Juzgados de Instrucción en materia Penal en la Corte Superior de Distrito, solamente existen dos casos que fueron resueltos mediante salida alternativa al Juicio Oral, mediante el procedimiento abreviado, del cual en uno de los casos el imputado es Acusado por el delito de Trata de Seres Humanos y es beneficiado mediante el procedimiento abreviado que posteriormente lo condena por el delito de Corrupción de Menores a Un año de privación de libertad, figura penal, que no tiene relación con lo que constituye la trata de personas con fines de explotación sexual. Por lo que actualmente existe solo un caso por delito de trata de seres humanos que posteriormente de ser imputado por este delito, es resuelto mediante el procedimiento abreviado declarándolo culpable por este hecho, y condenándolo a la pena mínima establecida para este delito que es de 8 años de privación de libertad.

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