Universidad Católica Boliviana "San Pablo"

- 77 - La norma también estableció algunos criterios sobre el manejo interno de las comunidades en lo referente a la tenencia de la tierra, las formas de gobierno y las formas empresariales que éstas pudieran adoptar; y creó un régimen promocional especial para ellas, exonerándolas de todo impuesto creado o por crearse a la propiedad de la tierra. Asimismo se establecieron una serie de facilidades tributarias para la importación de insumos, maquinaria, y apoyo crediticio a través de la banca de fomento. • Ley de deslinde y titulación del territorio de las comunidades campesina 66 Esta tuvo como objetivo regularizar la propiedad de las comunidades campesinas a nivel nacional para todas aquellas tierras sobre las cuales éstas tuvieron posesión o título. Asimismo, el dispositivo buscó enfrentar los ancestrales conflictos entre comunidades colindantes en diversas partes del país. En casos de controversia sobre tierras con terceros, la ley señaló que las tierras con títulos otorgados a terceros antes de 1920 no se consideran tierras comunales. En general, esta ley estableció una serie de procedimientos e instituciones públicas (Direcciones Regionales del Ministerio de Agricultura) encargadas de regularizar la propiedad comunal de una manera ordenada y sin costo alguno para los comuneros. Lamentablemente, esta ley tuvo muy poco impacto en la formalización de la propiedad comunal en el país, especialmente porque desde 1988 se desató un proceso hiperinflacionario que detuvo la acción estatal no sólo en éste sino en casi todos los ámbitos de la política agraria. 66 CEPAL: El Mercado de Tierras en la Republica del Perú. Idib., p.15.

RkJQdWJsaXNoZXIy Mjc5NTQw