Universidad Católica Boliviana "San Pablo"

- 61 - 2.2.5. Ley de Reconducción Comunitaria de la Reforma Agraria. El 19 de julio de 2006 la Comisión Agraria Nacional, órgano máximo de deliberación y decisión en materia agraria creado por la Ley INRA, en sesión plena reunida en la ciudad de La Paz y con el único voto discordante de CONFEAGRO, aprobó en grande un proyecto de ley modificatoria de la Ley INRA denominado de Reconducción Comunitaria de la Reforma Agraria. El Poder Ejecutivo remitió de inmediato este proyecto de ley al Congreso para su redacción final. Los principales cambios que el gobierno busca introducir a la Ley SNRA están fundamentalmente orientados a su aplicación expedita en las tierras bajas y se refieren a la mayor capacidad del Estado para recuperar de inmediato tierras ociosas mediante la reversión es decir, volver al dominio originario del Estado la propiedad de las tierras que no están cumpliendo la Función Económica Social. Para alcanzar este objetivo se desvincula el cumplimiento de la Función Económico Social del pago del impuesto (la Ley del SNRA establece que la causa para la reversión es el abandono de la propiedad agraria que se demuestra por la falta de pago del impuesto a la tierra por dos gestiones consecutivas). Es decir que ahora ya no importaría si la empresa mediana o grande paga el impuesto a la tierra, este impuesto no sería suficiente para reclamar el derecho propietario cuando la tierra no es trabajada. La modificación propone que el incumplimiento de la FES sea total o parcial, es decir que se revierta aquella parte de la propiedad que no está siendo trabajada. La nueva norma fundamentalmente modifica, incluye textos y sustituye la Ley 1715 en 41 artículos, introduciendo modificaciones de forma y fondo, que no alteran, no modifica lo relativo a la Pequeña Propiedad y sus características.

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