Universidad Católica Boliviana "San Pablo"
- 56 - con un danés o un tibetano, pero no con un peruano o un argentino, con quienes la asociación sería más lógica además, al boliviano le está prohibido transferir o arrendar tierras a extranjeros, bajo sanción de nulidad y reversión. • Estas medidas, que descansan en un concepto bastante mezquino de la soberanía, limitan inmensamente tanto las inversiones externas como las internas. Imponen un gran costo de oportunidad en términos de empleo e ingresos perdidos y limitan la generalización de nuevas tecnologías. Cabría preguntarse cuál habría sido, por ejemplo, el desarrollo de la agricultura y ganadería argentinas si, en 1930, se hubiera prohibido a los extranjeros la inversión en las tierras de la pampa húmeda. d) La exención de impuestos de que goza el pequeño propietario incentivará la ineficiencia , la ley INRA da un tratamiento impositivo desigual a la propiedad mediana y grande respecto de la pequeña propiedad campesina e indígena: esta última no pagará impuestos. Si bien la exención de impuestos puede ser el reconocimiento de una situación de pobreza, esta franquicia es un error: • El pago de un impuesto valoriza la tierra; • Las propiedades grandes pueden ser subdivididas (y aparecer como pequeñas) para no pagar impuestos; • El pago de impuestos consolidaría un sentido de propiedad sobre la tierra; • Muchas pequeñas propiedades campesinas generan un producto con un alto valor (por ejemplo las plantaciones de coca del Chapare y las de hortalizas en los valles bajos de Cochabamba). e) La ley genera un aparato burocrático extenso, complicado, de funciones sobrepuestas y potencialmente ineficientes , el Servicio
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