Universidad Católica Boliviana "San Pablo"
- 11 - El derecho agrario es el orden jurídico que rige las relaciones sociales y económicas, entre los sujetos intervinientes en la actividad agraria. La expresión de derecho agrario implica, la conjunción de dos elementos: el derecho y el de agrario. Por derecho se entiende a todo orden normativo y el coáctivo, tendiente a regular la conducta humana dentro del grupo social, y agrario, significa, la tierra con aptitud productiva y a toda actividad vincula a la producción agropecuaria. De todas las definiciones expresadas en la presente investigación podemos sintetizar el concepto de derecho agrario en los siguientes términos: “es una rama del derecho social, que consiste en un conjunto de normas jurídicas que regulan todas las relaciones derivadas de la tenencia, el uso y aprovechamiento de la tierra destinada a la producción agropecuaria”. 1.1.3. Evolución Histórica del Derecho Agrario La cuestión agraria es tan antigua como el hombre mismo; el desarrollo de la sociedad, esta en razón directa con la producción agraria, que es la base y fundamento de toda sociedad prehistórica. 1.1.3.1. La Agricultura en la Prehistoria Luís E. Morgan 10 dice la prehistoria agraria, se divide en tres partes que corresponden a tres etapas que la humanidad ha evolucionado en el proceso de desarrollo que son: salvajismo, barbarie y civilización. a) La agricultura en el salvajismo , se divide en: • Estadio inferior del salvajismo, en esta etapa no se conoce la agricultura porque el hombre nómada, se dedicaba a la recolección de 10 Luís, E. MORGAN: La Sociedad Primitiva. Citado por Pablo, DERMIZAKY PEREDO: Derecho Constitucional, sexta edición ampliada y corregida. Ed. Alexander. Cochabamba-Bolivia 2002. pp. 481-482
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