Universidad Católica Boliviana "San Pablo"

- 10 - para servir el bien común mediante el logro de la mayor productividad y la justicia social". Casanova 6 dice: "el derecho agrario es el conjunto de normas y principios que regulan la propiedad territorial y que orienta y asegura su función social". Para Salas y Barahona 7 "el derecho agrario es el conjunto de normas y principios particulares que rigen las personas, los predios y bienes de otra clase, las explotaciones y las empresas que, aprovechando de cualquier modo la aptitud frugífera de la tierra están dedicados a la creación u obtención de animales y vegetales, gobiernan las relaciones entre los factores intervinientes en su producción y en su caso, disponen cambios en las estructuras que determinan esas relaciones e imponen planes de planificación económica". c) Tercera categoría Maldonado 8 define: “derecho agrario es el estudio de las relaciones jurídicas que hacen de la actividad agraria, de los derechos y obligaciones que los hombres tienen para conservar y mejorar el medio físico y su racional aprovechamiento para el bienestar de la toda comunidad, y la finalidad de implantarse la justicia social agraria, en toda sus formas”. Mendieta y Núñez 9 es “el conjunto de normas, leyes, reglamentos y disposiciones en general, doctrina y jurisprudencia, que se refieren a la propiedad rústica y a la explotaciones de carácter agrícola”. 6 Ramón Vicente, CASANOVA: "Derecho Agrario", Universidad de los Andes, Mérida, Venezuela 1967, p.16 7 Oscar, SALAS y Rodrigo, BARAHOMA: "Derecho Agrario", Universidad de Costa Rica, San José, 1971, Vol. I, p. 45 8 Abraham, MALDONADO : "Derecho Agrario", editorial e Imprenta Nacional, La Paz, 1956, p.10 9 Lucio, MENDIETA y NÚÑEZ: Introducción al Estudio del Derecho Agrario, 2ª Ed. México, Prorrua, 1966 P. 17

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