Universidad Católica Boliviana "San Pablo"

- 158 - CAPITULO V CREDITO AGRARIO 5.1. CREDITO RURAL La Constitución Política del Estado reformada en 1995 determinó que las tierras de los campesinos y de los pueblos indígenas carecen de valor de mercado y por tanto son inembargables. Esta determinación, que buscaba proteger a los pequeños campesinos es la principal razón por la cual no se ha extendido el crédito rural. La carencia de garantías reales por parte de los campesinos es una limitante para el desarrollo del sistema financiero en el área rural. La atención a usuarios y la expansión de servicios financieros en zonas rurales según la Superintendecia de Bancos y Entidades Financieras, tiene la percepción que éstas operaciones involucrarían un mayor riesgo y mayores dificultades y costos de supervisión. La política de la superintendencia es consolidar los préstamos mayores, antes de buscar los servicios financieros; de esta forma el mercado crediticio en el área rural está siendo cubierto por entidades no reguladas por la superintendencia, principalmente ONG´s y Cooperativas de Ahorro y Crédito. El problema con el crédito rural en Bolivia es que nunca hemos tenido un crédito especializado. El sistema crediticio agropecuario que hubo en Bolivia no fue diseñado para el pequeño agricultor, motivo por el que los beneficiados de ese sistema mayormente fueron los grandes productores. Basta con mirar o recordar el pasado de los programas del Banco Agrícola de Bolivia, los programas del Banco Central y otros financiados por las cooperaciones externas y manejadas a través de la banca comercial;

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