Universidad Católica Boliviana "San Pablo"
- 118 - 3.3.2. Pueblos Indígenas En las regiones de tierras bajas a medida que los grupos indígenas son cada ves menos recolectores y cazadores, se van convirtiendo en agricultores precarios (sedentarización) y los cambios de forma de vida les conduce a vivir en poblados cada vez mas estable, con escuelitas de motacú, raquítica posta sanitaria y un maestro mal pagado; de ese modo las familias indígenas dedican cada vez más tiempo a cultivar su chaco y últimamente, además, a criar algún ganado vacuno. Los pueblos indígenas del oriente fueron marginados del derecho a la propiedad de la tierra en la Reforma Agraria de 1953. Aunque sus derechos estaban formalmente reconocidos por la Constitución Política del Estado, los indígenas de las tierras bajas están accediendo a la propiedad comunitaria de sus territorios desde hace apenas unos años. La comunidad indígena esta compuesta por las familias de los campesinos que, bajo la denominación de originarios, son propietarios de un área legalmente reconocida como tierra de comunidad, en virtud de títulos conocidos por los gobiernos de la colonia y la república, o de ocupación tradicional. La comunidad indígena, en el orden interno, se rige por instituciones propias. Comunidades originarias son aquellas provistas de algún título propietario, como los de “revisitas” o los otorgados por el Servicio Nacional de Reforma Agraria. Bajo el denominativo de comunidades originarias se incluyen a los ayllus, tentas, capitanías y otras denominaciones de carácter originario de las nacionalidades y los pueblos llamados indígenas. Comunidad indígena es la unidad básica de organización social y territorial de los pueblos indígenas, que se encuentran dentro de la jurisdicción de un municipio.
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