Universidad Católica Boliviana "San Pablo"
32 Anexo 2 Protocolo de cooperación y facilitación de inversiones INTRA- MERCOSUR La República Argentina, la República Federativa del Brasil, la República del Paraguay y la República Oriental del Uruguay, Estados Partes del MERCOSUR, en adelante designados como "Estados Partes" o individualmente como "Estado Parte", que suscriben este Protocolo; Deseando reforzar y profundizar los lazos de amistad y el espíritu de cooperación continua entre los Estados Partes; Buscando estimular las inversiones Intra-MERCOSUR, abriendo nuevas iniciativas de integración entre los Estados Partes; Reconociendo el papel fundamental de la inversión en la promoción del desarrollo sustentable, en el crecimiento económico, en la reducción de la pobreza, en la creación de empleo, en la expansión de la capacidad productiva y en el desarrollo humano; Buscando que sus inversionistas y sus respectivas inversiones tengan una conducta socialmente responsable y contribuyan al desarrollo sustentable de los Estados Partes; Procurando el establecimiento de una asociación estratégica entre los Estados Partes en materia de inversión, que aporte amplios y mutuos beneficios; Reconociendo la importancia de establecer un marco normativo Intra-MERCOSUR que permita fomentar un ambiente transparente, ágil y favorable para la inversión en los Estados Partes; Garantizando el derecho inherente de los Estados Partes a regular sus políticas públicas;
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