Universidad Católica Boliviana "San Pablo"

UCB “SAN PABLO” VICTOR PEREZ ARISPE 125 ANEXOS - Exámenes médicos Pre ocupacionales, exámenes ocupacionales periódicos y Post ocupacionales. - Seguro vigente de salud y Aporte al fondo de pensiones (AFP). - Seguro contra accidentes personales y Seguro de Vida. - Otros exámenes médicos requeridos según la actividad que realice el personal. Examen Médico Pre Ocupacional: Todas aquellas personas que ingresen a trabajar como personal de SVF BOLIVIA, ya sea en oficinas o en proyectos, deberán someterse a un examen médico pre ocupacional, del cual se guardará registro. Examen Médico Ocupacional: Todo el personal será sometido a un examen ocupacional para determinar sus condiciones de salud durante el cumplimiento de su contrato. El personal de oficina o administrativo deberá realizarse este examen cada dos años y para el personal de proyecto será anualmente o de acuerdo a los estándares de los clientes con los que se esté trabajando. Examen Post Ocupacional: Al concluir la relación laboral del personal, SVF BOLIVIA, solicitará la realización de exámenes de salud con el propósito de verificar las condiciones de salud con la que el trabajador se está retirando. 6.2.2. Inmunología – Vacunas De acuerdo al “Procedimiento de Promoción, Prevención y Protección de la Salud” de la empresa, se vacunará a todo el personal, que requiera dosis inicial o refuerzo de dosis, de acuerdo a la situación que será evaluada por personal especializado en salud. Las vacunas pueden ser de: Fiebre Amarilla, Tétanos, Influenza, etc. Se deberá realizar un seguimiento de las fechas de vencimiento de las vacunas del personal, con el fin de mantenerlas actualizadas. 6.2.3. Agua para consumo humano El agua para el consumo humano será agua potable, dispuesta en botellones o recipientes donde estarán debidamente tapados para evitar su contaminación con polvo u otros elementos suspendidos en el aire. En caso de separación de grupos de trabajo se dispondrá de termos para conservar, almacenar y transportar el agua. 6.2.4. Emergencias médicas En caso de accidentes el personal afectado será evacuado en ambulancia de acuerdo al “Plan de Contingencia y Respuestas a Emergencias” (SVF-BO-SSA-PLN-002) de la empresa. Para la atención médica de emergencia se empleará el servicio de enfermería o en su defecto se recurrirá al hospital más próximo, dando preferencia a los hospitales de la caja de salud. Una vez atendido y evaluado el accidentado, si los médicos consideran conveniente, será trasladado a un lugar donde recibirá atención médica especializada.

RkJQdWJsaXNoZXIy Mjc5NTQw