Universidad Católica Boliviana "San Pablo"
UCB-SC Diseño y Desarrollo del PSST Mario David Banzer Díaz 157 5.10 Plan de emergencias Objetivo Establecer las actividades específicas que deben ser aplicadas por el personal propio y contratista de la Universidad Católica San Pablo Regional Santa Cruz cuando alguna contingencia dé lugar a declarar Emergencia. Alcance Este plan debe ser aplicado para controlar las Emergencias identificadas en el Punto 5.1 de este documento (tanto las operacionales como no operacionales). Incluye Emergencias propias de clientes y comunidades urbanas dentro del área de influencia. Definiciones y siglas - Definiciones. – Las definiciones están expresadas en el presente proyecto en el Punto 2.2 Marco legal Algunas de las normas nacionales e internacionales que se plantean para el control de una emergencia y que tenemos en cuenta para la implementación del plan de emergencias son: - Declaración universal de los Derechos Humanos (ONU.) 10 de diciembre de 1.948 Art. 3 “Todo individuo tiene derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad de su persona”. - Ley N° 16998 - Art 6: Es obligación del empleador adoptar todas las medidas de orden técnico para la protección de la vida, la integridad física y mental de los trabajadores a su cargo; tendiendo a eliminar todo género de compensaciones sustitutivas del riesgo como ser: bonos de insalubridad, sobrealimentaciones y descansos extraordinarios, que no supriman las condiciones riesgosas - Ley 602: Ley De Gestión de Riesgos – Art. 1: La presente Ley tiene por objeto regular el marco institucional y competencial para la gestión de riesgos que incluye la reducción del riesgo a través de la prevención, mitigación y recuperación y ; la atención de desastres y/o emergencias a través de la preparación, alerta, respuesta y rehabilitación ante riesgos de desastres ocasionados por amenazas naturales, socio-naturales, tecnológicas y antrópicas, así como vulnerabilidades sociales, económicas, físicas y ambientales.
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