Universidad Católica Boliviana "San Pablo"

UNIVERSIDAD CATÓLICA BOLIVIANA “SAN PABLO” Anexos Edith Jimena Yelma Choque Área Tema / Factor Marco Legal Articulo Inciso Numeral Obligación Frecuencia Cumple SI / NO / NA Respaldo/ Registro OBSERVACIONES SEGURIDAD INSTALACIONES ELÉCTRICAS Ley Higiene,Seg Ocup y Bienestar Art. 153º Los fusibles, interruptores de circuitos, conmutadores eléctricos y otros, deben estar resguardados, a menos que estén montados sobre cuadros de distribución accesibles a personal autorizado. Cuando corresponda SI Inspección en sitio SEGURIDAD INSTALACIONES ELÉCTRICAS Ley Higiene,Seg Ocup y Bienestar Art. 161º Los motores eléctricos emplazados en áreas de trabajo donde se generen gases o partículas explosivas o inflamables, deben ser de tipo antiexplosivo aprobado. Cuando corresponda NO Planos eléctricos SEGURIDAD INSTALACIONES ELÉCTRICAS Ley Higiene,Seg Ocup y Bienestar Art. 162º Los conductores eléctricos para los aparatos antiexplosivos estarán instalados en tubos de acero enteramente enroscados, o estarán constituidos por cables blindados revestidos de acero o cable forrado de metal con aislamiento mineral. Permanente NO Planos eléctricos SEGURIDAD INSTALACIONES ELÉCTRICAS Ley Higiene,Seg Ocup y Bienestar Art. 163º Dichos conductores estarán conectados a los aparatos antiexplosivos por accesorios que aseguren el mantenimiento de las características antiexplosivas de tales aparatos NO Planos eléctricos SEGURIDAD INSTALACIONES ELÉCTRICAS Ley Higiene,Seg Ocup y Bienestar Art. 166º Los aparatos eléctricos que requieran un examen frecuente, deben desconectarse completamente de la fuente de energía. Cuando corresponda NO Programa de mantenimiento SEGURIDAD INSTALACIONES ELÉCTRICAS Ley Higiene,Seg Ocup y Bienestar Art. 168º Los interruptores deben estar marcados a fin identificarlos con los aparatos que controlan. NA NO Inspección en sitio SEGURIDAD INSTALACIONES ELÉCTRICAS Ley Higiene,Seg Ocup y Bienestar Art. 169º Los fusibles se situarán fuera de la zona de peligro. Cuando ello sea imposible, estarán encerrados en cajas antiexplosivas, las cuales no serán abiertas en tanto que la fuente de energía eléctrica no haya sido desconectada. NO Infraestructura de conexiones electricas SEGURIDAD INSTALACIONES ELÉCTRICAS Ley Higiene,Seg Ocup y Bienestar Art. 170º El equipo eléctrico, incluyendo el de iluminación debe ser inspeccionado por personal competente a intervalos que no excedan de 12 meses. Anual NO Inespección por código de colores. SEGURIDAD INSTALACIONES ELÉCTRICAS Ley Higiene,Seg Ocup y Bienestar Art. 173º Los trabajos en circuitos a tensión serán ejecutados únicamente bajo las órdenes directas de personal competente. Cuando corresponda SI Programa de mantenimiento SEGURIDAD IZAJE DE CARGAS Ley Higiene,Seg Ocup y Bienestar Art. 234º La carga útil máxima permisible en kilogramos se marcará clara e indeleblemente en un lugar visible del aparato para izar. Permanente NA Elaborar Programa de mantenimiento y/o Registro de Reparaciones.

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