Universidad Católica Boliviana "San Pablo"
UNIVERSIDAD CATÓLICA BOLIVIANA “SAN PABLO” Anexos Edith Jimena Yelma Choque Área Tema / Factor Marco Legal Articulo Inciso Numeral Obligación Frecuencia Cumple SI / NO / NA Respaldo/ Registro OBSERVACIONES SEGURIDAD INSTALACIONES ELÉCTRICAS Ley Higiene,Seg Ocup y Bienestar Art. 132º Los espacios de trabajo situados próximos a elementos bajo tensión no deben usarse como pasaje. NA NO Inspección en sitio SEGURIDAD INSTALACIONES ELÉCTRICAS Ley Higiene,Seg Ocup y Bienestar Art. 133º Todos los conductores eléctricos deben estar debidamente aislados y fijados. Permanente SI Infraestructura de conexiones electricas SEGURIDAD INSTALACIONES ELÉCTRICAS Ley Higiene,Seg Ocup y Bienestar Art. 136º Los tableros de distribución o de control a fusibles para corriente alterna a tensión que excede de 50 voltios a tierra, y que tengan elementos metálicos bajo tensión al descubierto, se deben instalar en locales especiales dispuestos para estos fines. Los Cuando corresponda SI Infraestructura de conexiones electricas SEGURIDAD INSTALACIONES ELÉCTRICAS Ley Higiene,Seg Ocup y Bienestar Art. 137º Cuando los transformadores, condensadores y demás equipos eléctricos contengan una cantidad de aceite superior a 5 litros por tanque, cámara o compartimiento, el recipiente que contenga el aceite estará: a) Situado fuera del edificio industrial; o b) Erig Cuando corresponda NA Infraestructura de conexiones electricas SEGURIDAD INSTALACIONES ELÉCTRICAS Ley Higiene,Seg Ocup y Bienestar Art. 139º Los conductores portátiles y los suspendidos de corriente alterna que funcionen a una tensión superior a 250 voltios, no deben ser instalados a tierra sin una cubierta de caucho duro y otro aislante similar. Cuando corresponda NO Infraestructura de conexiones electricas SEGURIDAD INSTALACIONES ELÉCTRICAS Ley Higiene,Seg Ocup y Bienestar Art. 140º Todos los aparatos y tomas de corriente eléctrica deben llevar claramente indicada su tensión. Permanente NO Señalizacion en toma de corrientes SEGURIDAD INSTALACIONES ELÉCTRICAS Ley Higiene,Seg Ocup y Bienestar Art. 146º Las armaduras, canales y accesorios metálicos de resguardo de los conductores eléctricos que no estén bajo tensión, deberán ser conectados a tierra. NA NO sistema de aterramiento de acuerdo a normas y registros de medición SEGURIDAD INSTALACIONES ELÉCTRICAS Ley Higiene,Seg Ocup y Bienestar Art. 152º Inciso a) Los conductores eléctricos que funcionen a más de 50 voltios a tierra en corriente alterna, deben estar aislados por medio de cubiertas de caucho, papel u otro material apropiado para la tensión particular empleada y para las condiciones atmosféricas pred NA NO Planos eléctricos SEGURIDAD INSTALACIONES ELÉCTRICAS Ley Higiene,Seg Ocup y Bienestar Art. 152º Inciso b) Los conductores eléctricos que funcionen a más de 50 voltios a tierra en corriente alterna, deben estar protegidos por un cable blindado en conductos metálicos u otros, para evitar deterioro o perjuicios a los conductores, aislamientos o a soportes. NA SI Inspección en sitio
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