Universidad Católica Boliviana "San Pablo"
UNIVERSIDAD CATÓLICA BOLIVIANA “SAN PABLO” Anexos Edith Jimena Yelma Choque Área Tema / Factor Marco Legal Articulo Inciso Numeral Obligación Frecuencia Cumple SI / NO / NA Respaldo/ Registro OBSERVACIONES SALUD E HIGIENE OCUP. EXPOSICION A AGENTES NOCIVOS Ley Higiene,Seg Ocup y Bienestar Art. 281º Cuando se manejen, produzcan, transporten y almacenen sustancias peligrosas, deben adoptarse procedimientos de seguridad y regirse estrictamente a ellos. Cuando corresponda NA Instructivos para la manipulación de sustancias peligrosas, Directrices para el transporte (Procedimiento de gestión de transito) SALUD E HIGIENE OCUP. EXPOSICION A AGENTES NOCIVOS Ley Higiene,Seg Ocup y Bienestar Art. 304º Está prohibida la introducción, preparación o consumo de alimentos, bebidas y tabaco en lugares donde existan sustancias irritantes, tóxicas e infecciosas. Permanente NA Señalización SALUD E HIGIENE OCUP. EXPOSICION A AGENTES NOCIVOS Ley Higiene,Seg Ocup y Bienestar Art. 305º El empleador informará perfectamente a los trabajadores de los peligros inherentes a su trabajo y de las medidas de protección. Cuando corresponda SI Inspección en sitio SALUD E HIGIENE OCUP. ILUMINACIÓN Ley Higiene,Seg Ocup y Bienestar Art. 6º Numeral 10 El empleador debe proporcionar iluminación adecuada para la ejecución de todo trabajo en condiciones de seguridad. Permanente SI Inspección en sitio Deacuerdo a la Inspección realizada en sitio se tiene que cumple con lo requerido. Pero la empresa debe realizar procedimientos de monitoreo y llevar un registro adecuado SALUD E HIGIENE OCUP. ILUMINACIÓN Ley Higiene,Seg Ocup y Bienestar Art. 47º Numeral 5 Los empleadores deberán proporcionar viviendas con luz natural e iluminación artificial. Permanente NA Planos de construcción aprobado SALUD E HIGIENE OCUP. ILUMINACIÓN Ley Higiene,Seg Ocup y Bienestar Art. 72º Todas las áreas de trabajo deben tener iluminación adecuada, natural, artificial o combinada. Permanente SI Inspección en sitio SALUD E HIGIENE OCUP. ILUMINACIÓN Ley Higiene,Seg Ocup y Bienestar Art. 329º Para trabajos de reparación o mantenimiento de maquinaria o equipos, se dispondrá de iluminación adecuada y conveniente; cuando sea necesario dicha iluminación será suministrada por equipos provisionales especialmente instalados. Eventualidad SI Registros de monitoreo SALUD E HIGIENE OCUP. ILUMINACIÓN NTS001/17 Art. 4º Numeral 1 Contar con los niveles mínimos de iluminación en las áreas de trabajo o en las tareas visuales de acuerdo con el artículo 6. Cuando corresponda SI Registros de monitoreo SALUD E HIGIENE OCUP. Registro Nacional de Profesionales R. M. 595/16 Reglamento de registro nacional de profesionales y tecnicos en Higiene, Seguridad Ocupacional y Medicina del Trabajo Cuando corresponda NA SALUD E HIGIENE OCUP. RESIDUOS Ley Higiene,Seg Ocup y Bienestar Art. 6 Numeral 17 Es obligación del empleador evitar en los centros de trabajo la acumulación de desechos y residuos que constituyen un riesgo para la salud, efectuando limpieza y desinfección en forma permanente. Permanente SI Inspección en sitio Elaborar Procedimientos de manejo de residuos sólidos SALUD E HIGIENE OCUP. RESIDUOS Ley Higiene,Seg Ocup y Bienestar Art. 349º Inciso a) Los recipientes para residuos sólidos deben estar construidos de forma que, su uso y limpieza sean fáciles. NA SI Procedimiento de Gestion de residuos sólidos SALUD E HIGIENE OCUP. RESIDUOS Ley Higiene,Seg Ocup y Bienestar Art. 349º Inciso b) Los recipientes para residuos sólidos deben ser desinfectados y conservados en condiciones sanitarias. Permanente NO Inspección en sitio
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