Universidad Católica Boliviana "San Pablo"

UNIVERSIDAD CATÓLICA BOLIVIANA “SAN PABLO” Anexos Edith Jimena Yelma Choque Área Tema / Factor Marco Legal Articulo Inciso Numeral Obligación Frecuencia Cumple SI / NO / NA Respaldo/ Registro OBSERVACIONES SALUD E HIGIENE OCUP. CONTROLES DE SALUD Ley Higiene,Seg Ocup y Bienestar Art. 6º Numeral 29 El empleador debe archivar y mantener los certificados médicos pre ocupacional, así como las fichas clínicas del personal a su cargo. Permanente SI Examenes pre ocupacionales de todos los trabajadores SALUD E HIGIENE OCUP. CONTROLES DE SALUD Ley Higiene,Seg Ocup y Bienestar Art. 7º Numeral 11 Es obligación del empleado someterse a la revisión médica previa a su incorporación al trabajo y a los exámenes periódicos que se determinen. Cuando corresponda SI Examenes preocupacionales e intraocupacionales SALUD E HIGIENE OCUP. CONTROLES DE SALUD Ley Higiene,Seg Ocup y Bienestar Art. 41º Numeral 1 El servicio médico de la empresa, debe determinar las condiciones de salud de los trabajadores, a través de exámenes pre ocupacionales y periódicos para promover su mejoría. Cuando corresponda SI Examen pre ocupacional e intraocupacional SALUD E HIGIENE OCUP. CONTROLES DE SALUD Ley Higiene,Seg Ocup y Bienestar Art. 41º Numeral 5 El servicio médico de la empresa, debe detectar las manifestaciones iniciales de enfermedades en los trabajadores, con el fin de prevenir su avance, sus complicaciones y secuelas. Permanente NO Inspección en sitio SALUD E HIGIENE OCUP. CONTROLES DE SALUD Ley Higiene,Seg Ocup y Bienestar Art. 326º Todos los trabajadores expuestos a ruidos excesivos deben ser sometidos a control médico permanentemente. Permanente NO Examenes ocupacionales (periódicos) SALUD E HIGIENE OCUP. EPP Y ROPA DE TRABAJO Ley Higiene,Seg Ocup y Bienestar Art. 6º Numeral 14 El empleador deberá proveer y mantener ropa y/o equipos protectores adecuados contra los riesgos provenientes de lluvia, humedad, frío, calor. Permanente NO Inspección en sitio Elaborar un procedimiento para la dotación de EPP y respaldar con Registros de entrega SALUD E HIGIENE OCUP. EPP Y ROPA DE TRABAJO Ley Higiene,Seg Ocup y Bienestar Art. 80 Los trabajadores que permanente u ocasionalmente desarrollen labores a la intemperie, deben estar adecuadamente protegidos contra las inclemencias del tiempo. Cuando corresponda NA Inspección en sitio SALUD E HIGIENE OCUP. EPP Y ROPA DE TRABAJO R. M. 579/16 Regular la dotacion de EPP para las y los servidores publicos de areas operativas dependientes del Ministerio de Trabajo, Empleo y Prevision Social Anual NO Inspección en sitio SALUD E HIGIENE OCUP. ERGONOMÍA Ley Higiene,Seg Ocup y Bienestar Art. 274º Se admite como peso máximo de acarreo manual de 45 Kg., hasta 60 m de distancia, para trabajadores varones adultos. El 50% de esta norma para mujeres adultas, exceptuando las que se encuentren en estado de gravidez, las que están prohibidas de transportar Permanente SI Inspección en sitio Elaborar Registro de capacitación en buenas prácticas de trabajo SALUD E HIGIENE OCUP. EXPOSICION A AGENTES NOCIVOS Ley Higiene,Seg Ocup y Bienestar Art. 6º Numeral 8 Los empleadores deben instalar los equipos necesarios para la renovación del aire, eliminación de gases, vapores y otros contaminantes producidos, para proporcionar al trabajador un ambiente saludable. Permanente NO Inspección en sitio Realizar un monitoreo de los agentes nocivos y elaborar registros de estos SALUD E HIGIENE OCUP. EXPOSICION A AGENTES NOCIVOS Ley Higiene,Seg Ocup y Bienestar Art. 280º En todo ambiente de trabajo se debe monitorear periódicamente, con la frecuencia que sea necesaria, las concentraciones de substancias peligrosas para controlar que se mantengan dentro de los límites permisibles establecidos por la autoridad competente. Cuando corresponda NO Registros de monitoreo

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