Universidad Católica Boliviana "San Pablo"
Universidad Católica Boliviana San Pablo Marco teórico Bruno Alejandro Peña Álvarez 32 PASO 2: Verificación de Autorizaciones Previas y Certificaciones a) El importador, previo al embarque de la mercancía, debe verificar si la mercancía a importar requiere autorizaciones previas y certificaciones, aspectos detallados a continuación: Cuadro 2.1: Verificación de Autorización Previas y Certificaciones En caso de que la mercancía se encuentre sujeta a autorizaciones previas y certificaciones, esta debe ser tramitada ante la entidad competente, antes del embarque de la mercancía en el país de origen o procedencia. Una vez realizado el contrato de compra-venta, el exportador emite la factura comercial. Posteriormente, el importador contratará los servicios de un transportador internacional autorizado para traer la mercancía, el cual en base en la documentación soporte (Documento de embarque, factura comercial, lista de empaque -packing list- y otros) elaborará el manifiesto internacional de carga según el modo de transporte utilizado. Entregada la mercancía por parte del transportador en la aduana de destino, el concesionario de depósito aduanero o zona franca (según corresponda al tipo de aduana de destino) emitirá el Parte de Recepción, a partir del cual se puede iniciar el trámite de despacho aduanero de la mercancía. PASO 3: Despacho Aduanero de Importación INSTITUCIÓN MERCANCÍA TIPO DE DOCUMENTO LUGAR DE SOLICITUD BASE LEGAL • Alcoholes a cíclicos. Unidad Encargada. • Ley de Medicamentos N° 1737 de fecha 17 de diciembre de 1996. • Productos químicos orgánicos. Unidad de Medicamentos y Tecnología en Salud, Ministerio de Salud y Deportes UNIMED. • Decreto Supremo Reglamentario N° 25235 de 21/11/98. • Productos farmacéuticos. Página Web • Ley 1008 del Régimen de la Coca y Sustancias Controladas • Perfumes y agua de tocador. www.minsalud.gob.bo • Preparaciones de perfumería, de tocados o de cosmética. • Jabón, agentes de superficie orgánica, preparaciones para lavar. • Placas y películas para rayos X. • Jeringas, agujas e instrumentos y aparatos de odontología. •Ácidos. Unidad Encargada. Viceministerio de Defensa Social. •Ley 1008 de 19/07/88 del Régimen de la Coca y Sustancias controladas. •Bases. Dirección General de Sustancias Controladas. •Decreto Supremo Reglamentario N° 22099 de28/12/88. •Oxidantes. •Decreto Supremo N° 25846 de 14/07/02. 25846 que aprueba el Reglamento de Operaciones de Sustancias Controladas y Precursores de Uso Industrial. •Solventes. Página Web www.dgsc.gob.bo •R.M. 0223/92, Lista V del Anexo de la Ley 1008. •Productos terminados. MINISTERIO DE SALUD Autorización Previa y Certificado de Despacho Aduanero. MINISTERIO DE GOBIERNO Autorización previa.
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