Universidad Católica Boliviana "San Pablo"
UCB San Pablo Anexos Naoya Asato Suzuki Página 271 CALZADO O BOTAS DE SEGURIDAD Toda bota de seguridad será obligatorio para las operaciones que impliquen riesgo de atrape o aplastamiento de los pies y dotados de punteras resistentes al impacto. vii. PROTECCIÓN PARA EL APARATO RESPIRATORIO (MASCARILLA) Los equipos protectores del aparato respiratorio tendrán las siguientes características: ① Serán de tipo apropiado al riesgo; ② Serán aprobados por la autoridad competente; ③ Ajustarán lo mejor posible al contorno facial para reducir fugas; ④ Ocasionarán las mínimas molestias al trabajador; ⑤ Se vigilará su conservación y funcionamiento con la necesaria frecuencia; ⑥ Se limpiarán y desinfectarán después de su empleo; ⑦ Llevarán claramente marcadas sus limitaciones de uso; ⑧ Se almacenarán en compartimientos adecuados; ⑨ Las partes en contacto con la piel deberán ser de material adecuado, para evitar la irritación de la piel.
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