Universidad Católica Boliviana "San Pablo"

UCB San Pablo Anexos Naoya Asato Suzuki Página 265 ANÉXO 22 NORMAS DE HIGIENE, SEGURIDAD OCUPACIONALY BIENESTAR 1. NORMAS GENERALES La presente ley tiene por objeto: A) Garantizar las condiciones adecuadas s alud higiene, seguridad y bienestar en el trabajo; B) Lograr un ambiente de trabajo desprovisto de riesgo para la salud psico-física de los trabajadores; C) Proteger a las personas y el medio ambiente en general, contra los riesgos que directa o indirectamente afectan a la salud, la seguridad y el equilibrio ecológico. 2. CONDICIONES MÍNIMAS DE HIGIENE Y SEGURIDAD EN EL TRABAJO Locales de los Establecimientos de Trabajo, Edificios, Estructuras, Locales de trabajo y maquinarias. REQUISITO DE ESPACIO A) Las edificaciones de trabajo tendrán como mínimo 3 metros de altura desde el piso al techo. B) 2 metros cuadrados de superficie por cada trabajador. C) Diez metros cúbicos por cada trabajador.

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