Universidad Católica Boliviana "San Pablo"
Universidad Católica Bolivia ´´San Pablo´´ Diseño del Sistema SYSO José Ernesto Sánchez Rivero Página 152 Dentro de las políticas de Seguridad y salud Ocupacional, y en cumplimiento de la Ley No. 16998 se estipula que la empresa proveerá de los equipos de protección personal de acuerdo al riesgo de labor. Se deberán capacitarse a todos los trabajadores sobre la manipulación y el correcto uso los equipos de protección personal. La capacitación deberá comprender puntos como: Cuándo se requiere el equipo de protección personal. Qué tipo de equipo de protección personal es requerido. Cómo usar, ajustar, mantener y/o limpiar el equipo de protección personal. Cómo determinar si el equipo de protección personal está dañado o defectuoso. Las limitaciones del equipo de protección personal. Los trabajadores deberán tomar conciencia sobre el beneficio del uso de los equipos de protección personal de tal manera que forma parte de sus labores diarias. Si el trabajador carece de comprensión o habilidad en cuanto al uso del equipo de protección personal, deberá ser capacitado nuevamente. El uniforme que se les dotara en la fábrica servirá para su protección en la manipulación de maderas y/o sustancias químicas, se efectuara el cambio de uniformes en los que se evidencien deterioro. La dotación de uniformes será controlada mediante el registro dotación de indumentaria del personal, en caso de identificar indumentaria en mal estado, se debe comunicar al responsable de área, para que se cambie por otra indumentaria. Los equipos de protección personal son de uso individual, no pueden ser intercambiados por razones de higiene y salud ocupacional. En el caso de trabajadores temporales o de jornada se dotará de los equipos de protección personal en calidad de "préstamo", luego el material será esterilizado e higienizado.
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