Universidad Católica Boliviana "San Pablo"
Proyecto de Grado Impacto Ambiental 199 10.2.1 Ley del Medio Ambiente N° 1333 En Bolivia, el 27 de abril de 1.992 se promulga la Ley del Medio Ambiente N° 1333, que tiene por objeto la protección y conservación del medio ambiente y los recursos naturales, regulando las acciones del hombre con relación a la naturaleza y promoviendo el desarrollo sostenible con la finalidad de mejorar la calidad de vida de la población. Además establece que: el medio ambiente y los recursos naturales constituyen patrimonio de la Nación, su protección y aprovechamiento se encuentran regidos por Ley y son de orden público. El proceso de identificación de la categoría de Evaluación de Impacto Ambiental (EIA), debe ser realizada de acuerdo a los niveles señalados en el artículo 25 de la Ley, en la que dice: todas las obras, actividades publicas o privadas, con carácter previo a su fase de inversión, deben contar obligatoriamente con la identificación de la categoría de evaluación de impacto ambiental que deberá ser realizada de acuerdo a los siguientes niveles: 1. Requiere de EIA analítica integral. 2. Requiere de EIA analítica específica. 3. No requiere de EIA analítica específica pero puede ser aconsejable su revisión conceptual. 4. No requiere de EIA. Para la realización de este proceso se debe recurrir al Procedimiento Computarizado de Evaluación de Impactos Ambientales (PCEIA), para lo cual previamente se debe llenar la ficha ambiental (FA) y la matriz de identificación de impactos. En la actualidad, considerando que la Ley del Medio Ambiente en su Artículo 7 numeral 5 atribuye al Ministro de Desarrollo Sostenible y Planificación el rol de normar, regular y fiscalizar las actividades de su competencia en coordinación con las entidades públicas sectoriales y departamentales.
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