Universidad Católica Boliviana "San Pablo"
32 Las actividades financieras y la presentación de servicios financieros deben ser realizadas únicamente por entidades que tengan autorización de ASFI, según los tipos de entidades definidos en la Ley N°393. 2.2.3. Entidades Financieras En concepto general, Entidad Financiera es cualquiera que ofrezca servicios financieros que van desde intermediación hasta asesoramiento. Más la Ley 393 la define como “Persona Jurídica radicada en el país, autorizada por la ASFI, cuyo objeto social es la intermediación financiera y la prestación de Servicios Financieros Complementarios” (2013). El listado de las entidades que se mencionan a continuación proviene de la plataforma web de la ASFI. 2.2.3.1. Entidades Financieras del Estado Este tipo de entidad es el Banco Público, el cual “ es una entidad de intermediación financiera bancaria de propiedad mayoritaria del Estado, cuya finalidad es brindar servicios financieros a la administración pública en sus diferentes niveles de gobierno y al público en general, favoreciendo el desarrollo de la actividad económica nacional y apoyando principalmente al sector productivo en el marco de las políticas de desarrollo establecidas por el Estado” (Ley N°393, 2013). Los bancos de este tipo que se encuentran funcionando actualmente en nuestro país son los siguientes: 1) Banco de Desarrollo Productivo S.A.M. 2) Banco Unión S.A.
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