Universidad Católica Boliviana "San Pablo"

46 siguientes: emitir cheques, abrir y negociar cartas de crédito, realizar giros y emitir ordenes de pagos en el exterior, invertir capital en el sector de valores al igual que en el sector de seguros y pensiones y administrar fondos de inversión de terceros. (Ley N° 393 Ley de Servicios Financieros , 2013, pág. Art. 240) Actualmente, en el sistema financiero boliviano se encuentran autorizadas y con licencia de funcionamiento treinta cooperativas de ahorro y crédito. Algunas de ellas son: Jesús Nazareno Ltda., Fátima Ltda., San Martín de Porres Ltda., Pio X Ltda., La Merced Ltda., Trinidad Ltda., etc. 1.2.3.6. Entidades Financieras de Vivienda De acuerdo a la Autoridad de Supervisión de Sistema Financiero, las Entidades Financieras de Vivienda son definidas como “sociedades que tienen como objetivo la prestación de servicios de intermediación financiera con especialización en préstamos para la vivienda.” (ASFI, 2017) Sin embargo, la sección V de la Ley N° 393 determina las características de las Entidades Financieras de Vivienda Social, éstas están especializadas en préstamos para la adquisición de viviendas; proyectos de construcción de vivienda unifamiliar o multifamiliar; compra de terrenos; refacción, remodelación, ampliación y mejoramiento de viviendas individuales o en propiedad horizontal y otorgamiento de microcréditos para vivienda familiar y para infraestructura de vivienda productiva; así como también operaciones de arrendamiento financiero habitacional. (Ley N° 393 Ley de Servicios Financieros , 2013, pág. Art. 247) Al igual que las cooperativas de ahorro y crédito, las entidades financieras de vivienda están habilitadas para realizar operaciones activas, pasivas, contingentes y de servicios a excepción de: emitir cheques, abrir y negociar cartas de crédito, realizar giros y emitir ordenes de pagos en el exterior, invertir capital en el sector de valores al igual que en el

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