Universidad Católica Boliviana "San Pablo"

OCTAVA.- Exclusividad; EL TRABAJADOR se obliga a prestar sus servicios única y exclusivamente al establecimiento "CANGURITO GYM". Por ningún motivo podráá dedicarse temporalmente o indefinidamente, a otra actividad laboral que genere conflicto con los fines del establecimiento o que afecte a la exclusividad de este contrato. El contrato al firmar el documento acepta un tiempo mínimo de trabajo de no menos a un ano, después de haber recibido capacitación por parte de la empresa contratista. NOVENA.- Remuneraciones y otros beneficios.- El pago por la prestación de servicios del TRABAJADOR es de Bs. ....................................EL TRABAJADOR conoce y acepta el derecho del EMPLEADOR de retener de su remuneración mensual, los impuestos y/o contribuciones sociales establecidas por ley, en razón de los servicios de dependencia ejecutados de conformidad con el presente contrato. Igualmente el EMPLEADOR otorgará al TRABAJADOR todos los beneficios sociales que se encuentren previstos por Ley General de Trabajo y la Legislación vigente. DECIMO.- Normas legales de aplicación; este contrato se suscribe al ampara de las normas entendidas en los dispositivos laborales vigentes (entre otros, pero sin limitarse a ellos, a la Ley General de Trabajo). Teniendo en consideración lo anterior, el presente contrato quedaré automáticamente rescindido y no dará derecho al apago de beneficios sociales si el TRABAJADOR infringe cualquier de los incisos establecidos en el articulo 17 de la Ley General del Trabajo. ONCEAVA.- Aceptación; Las partes que intervienen manifiestan su absoluta conformidad con tocias y cada una de las clausulas que anteceden, comprometiéndose a su fiel y estricto cumplimiento.

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