Universidad Católica Boliviana "San Pablo"
53 - Impuesto al Valor Agregado (IVA) - Impuestos a las Transacciones (IT) - Impuestos a las Utilidades Empresariales (IUE) Las Universidades de carácter Fundaciones, como ser la Universidad Privada de Santa Cruz, la Universidad Católica Boliviana “San Pablo” están inscritas en el sistema general del código tributario, cancelan el Impuesto al Valor Agregado y el Impuesto a las Transacciones, pero están exentas del pago del Impuestos a las Utilidades Empresariales. 4.1.1.1.2. Requisitos legales Los requisitos legales que las universidades privadas deben cumplir para su apertura son los que siguen a continuación, así como está estipulado en el Artículo 29 del Reglamento general de las universidades privadas. 1. Testimonios originales o copias legalizadas de la Personalidad Jurídica; 2. Balance de Apertura; 3. Estudios de factibilidad técnica, económica y financiera en función de la demanda del sector productivo y las necesidades del desarrollo local y nacional; 4. Estatuto Orgánico y reglamentos internos de la Universidad Privada; 5. Proyecto Académico Institucional que contenga una estructura orgánica y funcional de la nueva entidad a crearse; 6. Oferta académica de tres programas académicos de pregrado como mínimo y cinco como máximo, que cumpla con la calidad y rigor científico - pedagógico en la formulación de los proyectos académicos de las carreras de formación profesional, velando porque los perfiles profesionales respondan a las necesidades de creación, innovación, sistematización, investigación y producción intelectual, tecnológica y artística que requiere el país en el ámbito nacional, regional y local;
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