Universidad Católica Boliviana "San Pablo"
Propuesta 137 Las empresas exportadoras pueden afiliarse a Instituciones Publicas en función a la actividad comercial que realicen. Estas Instituciones le proporcionarán los certificados o autorizaciones exigidas para la realización del trámite de exportación. En Bolivia no es obligatoria la afiliación ante cámara alguna para efectuar actividades de exportación sin embargo los empresarios podrán evaluar los beneficios de formar parte de una de ellas en función a las ventajas y beneficios que esta afiliación les brinde. PASO Nº4 8.4 LOS TRÁMITES DE EXPORTACIÓN De acuerdo a la Ley 1483, Ley de Tratamiento Impositivo a las Exportaciones y la Resolución Biministerial Nº. 007/99 de 26 de marzo de 1999, existen dos procedimientos dentro de la “Libre Gestión” para realizar el trámite de exportación. El primero, utilizando los servicios de una Agencia Despachante de Aduanas, la que por encargo del exportador deberá responsabilizarse del trámite, presentando la documentación requerida y llenando los diferentes formularios. El segundo, en el cual el exportador; en uso pleno de los derechos que le otorga la Libre Gestión; realiza el trámite en forma directa. 8.4.1 ¿QUÉ DOCUMENTOS SE REQUIERE PARA EXPORTAR? Factura Comercial de Exportación
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