Universidad Católica Boliviana "San Pablo"
13 estado, otorgándoles amplia facultad para rehacer sus vidas independientemente conforme a su libre decisión” (Pág. 130). 10 Pedro Rojano (2014) “No siendo posible en diversos casos el sostenimiento de un matrimonio ideal, donde ya no existen los sentimientos de amor, respeto, y colaboración mutua, el legislador ha creado la institución del divorcio, también como una medida necesaria para evitar inmoralidades de mayor alcance” (Pág. 12). 11 Siguiendo la línea de la definición de los autores citados, se puede decir que el divorcio consiste en la separación de una mujer y un hombre encuadrada en una causa legal, la cual es determinada mediante sentencia judicial como ruptura del vínculo matrimonial válidamente contraído. En términos legales, el divorcio es la disolución del contrato de matrimonio, consecuencia de ello, ambas partes tendrán que negociar las responsabilidades que les corresponde para continuar con sus vidas de forma independiente. 8 EFECTOS DEL DIVORCIO El divorcio es una institución que se materializa mediante una acción, que permite a los cónyuges de manera conjunta o individualmente activar el aparato jurisdiccional, para solicitar la culminación del matrimonio y así obtener un fallo judicial que deja en libertad a las partes, para poder auto determinarse entre sí y continuar una vida independiente uno del otro. Escalante (2010) señala que el efecto principal del divorcio es la disolución del vínculo, ya que pone fin al matrimonio y por ende a los derechos y obligaciones que este genera, por lo tanto también comprende aquello que se dio origen y se desarrolló dentro 10 PAZ, E. F., & Félix, C. (2007). Derecho de Familia y sus instituciones. Ediciones e impresiones “El original San José” La Paz-Bolivia P. 130 11 Tituaña, R., & Pedro, S. (2014). Necesidad de contemplar en la legislación civil el divorcio administrativo (Bachelor's thesis). P. 12
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