Universidad Católica Boliviana "San Pablo"
El Capítulo II corresponde al Marco Teórico, se abordará los conceptos relativos al tema de investigación, la doctrina que permite desarrollar el tema, partiendo de los clásicos del derecho y consecuentemente la visión positiva del derecho y la concepción estatal, contrastando con teóricos y doctrinarios del neo constitucionalismo y el nuevo constitucionalismo latinoamericano. Aproximaciones teóricas sobre los pueblos indígenas, la jurisdicción o potestad de administrar justicia, el pluralismo legal, todo esto en el marco de la nueva corriente constitucional en la que se inserta Bolivia a partir del 2009 En el Capítulo III del Marco Jurídico, se abordará el análisis exegético de la normativa del Derecho Internacional relativa al tema de investigación, es decir: Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo –OIT; y la Declaración de las Naciones Unidas sobre Derechos de los Pueblos Indígenas. Así mismo se analizará la Legislación Nacional relativa al tema de investigación, concretamente la Constitución Política del Estado, en lo relativo al carácter Plurinacional, enfatizando en los Pueblos Indígenas, sus derechos, el reconocimiento de la potestad de administrar justicia y consecuentemente la aplicación del Bloque de Constitucionalidad y Jerarquía Normativa establecida en la misma. Se analizará además, legislación nacional como la Ley Marco de Autonomías y Descentralización, Ley del Órgano Judicial, Ley del Código de Procedimiento Penal, Ley Orgánica del Ministerio Público y la Ley de Deslinde Jurisdiccional. Ésta última se realizará un análisis minucioso principalmente en lo relativo al ámbito competencial, pues ésta por mandato constitucional debiera desarrollar la CPE, estableciendo la competencia material y los niveles de coordinación y cooperación entre las jurisdicciones y otras entidades de gobierno. El análisis y reflexión de esta Ley será efectuada dentro del contexto del Nuevo Constitucionalismo Latinoamericano y se tratará de demostrar el carácter contrario a la CPE y consecuentemente la limitación y/o vulneración de derechos de los pueblos
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