Universidad Católica Boliviana "San Pablo"

80 que la postulación de candidatos dentro de estas circunscripciones se realizará mediante partidos políticos y agrupaciones ciudadanas. De esta manera queda clara la violación al derecho de los PyNIOC de poder ejercer de manera efectiva la democracia comunitaria a la hora de conformar la Asamblea Legislativa Plurinacional (Nivel Nacional). Es por esta situación que se necesita que la constitución sea más precisa en cuanto al respeto de la democracia comunitaria en todos los niveles del Estado o que no sea desvirtuado por normas de desarrollo constitucional como es el caso de la Ley Transitoria del Régimen Electoral. Respecto a aplicación y el desarrollo normativo constitucional, al respecto la Sentencia Constitucional 0258/2011-R establece con suficiente claridad, respecto a la primacía constitucional y el valor de los principios y fundamentos, por importancia se transcribe literalmente: " ... la Constitución es entendida actualmente no sólo de manera formal, como reguladora de las fuentes del Derecho, de la distribución y del ejercicio del poder entre los órganos estatales, sino como la Ley Suprema que contiene los valores, principios, derechos y garantías que deben ser la base de todos los órganos del poder público, en especial del legislador y del intérprete de la Constitución." 44 Otra de las pautas importantes que menciona dicha sentencia es la siguiente: "... las normas constitucionales-principios, establecidos en la Constitución, son las que influirán en el significado jurídico de las normas constitucionales-reglas y normas legales-reglas (contenidas en las leyes, códigos sustantivos y procesales) y no viceversa, o lo que es lo mismo, las segundas y terceras deben 44 TRIBUNAL CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL. Sentencia Constitucional No. 0258/2011-R del 16 de marzo del 2011.

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