Universidad Católica Boliviana "San Pablo"

66 En cuanto a la democracia comunitaria la constitución debe establecer con claridad todo el alcance de la misma, para un adecuado ejercicio y no se atente contra mencionada democracia en normas o disposiciones posteriores y o normas anteriores a la Constitución Política del Estado que deban ser adecuadas al texto constitucional. 3.1.2 Ley del Régimen Electoral Transitorio Ley No. 4021 La misma fue promulgada el 14 de Abril del año 2009, como cumplimiento a la disposición transitoria primera de la Constitución Política del Estado para la elección de la Asamblea Legislativa Plurinacional, Presidente y Vicepresidente de la República 40 , en franca contradicción con lo dispuesto por el artículo 11 numeral 3 de la Constitución política del Estado. El artículo 32 mediante un cuadro demuestra cómo se realizará la distribución de escaños para la elección de diputadas y diputados, otorgando tan solo siete escaños denominadas circunscripciones especiales para las naciones y pueblos indígenas. El mismo establece además cuales son aquellos PyNIOC reconocidos para la elección de la Asamblea Legislativa Plurinacional. El artículo 35 ratifica en su parágrafo primero que las circunscripciones especiales indígena originario campesinas serán siete, de acuerdo al artículo 32 de la ley. En su parágrafo sexto menciona claramente que la postulación de candidatos dentro de estas circunscripciones se realizará mediante partidos políticos y agrupaciones ciudadanas. De esta manera este artículo lesiona el derecho de los PyNIOC de poder ejercer de manera efectiva la democracia comunitaria a la hora de conformar la Asamblea Legislativa Plurinacional (Nivel Nacional). 40 GACETA OFICIAL DE BOLIVIA: Nueva Constitución Política del Estado Plurinacional de Bolivia. La Paz, Imprenta Nacional, 2009

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