Universidad Católica Boliviana "San Pablo"
62 garantiza los derechos de los pueblos y naciones indígena originario campesinas. b) Título Primero, Capítulo Tercero Sistema de Gobierno, Artículo 11 Este capítulo habla sobre el sistema de gobierno que adopta el Estado Plurinacional de Bolivia, entre ellos se encuentra la forma "democrática comunitaria". El artículo 11, en su parágrafo segundo, numeral 3 menciona que la democracia comunitaria se ejercerá por medio de la elección, designación o nominación de autoridades y representantes por normas y procedimientos propios. Este artículo es en el cual centra su estudio la presente tesis, debido a que da lugar a diferentes interpretaciones en el caso de la conformación del órgano legislativo plurinacional ya que no precisa los niveles estatales en los cuales se debe respetar la democracia comunitaria. Sin embargo por la interpretación anterior dada al capítulo primero se puede constatar que Bolivia respeta los derechos de los pueblos y naciones indígena originario campesinos, entre los cuales figura la democracia comunitaria, por lo cual es importante que el artículo 11 precise el ámbito de aplicación nacional de la democracia comunitaria. c) Título Segundo, Sección Segunda Derechos Políticos Artículo 26 Esta sección habla sobre los derechos políticos que reconoce el Estado, entre los cuales se encuentra la formación del poder político. En el artículo 26 parágrafo segundo, numeral 3 menciona que donde se practique la democracia comunitaria, los procesos electorales se ejercerán según normas y procedimientos propios, sin embargo no especifica, ni da el lineamiento para saber en qué instancias se debe respetar la democracia
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