Universidad Católica Boliviana "San Pablo"

85 CAPITULO IV FORMAS DE APLICACIÓN, EJECUCION Y TECNICAS DE INTERNALIZACIÓN DEL DERECHO DERIVADO COMUNITARIO EN LOS BLOQUES DE INTEGRACION 4.1 EJECUCION Y APLICACIÓN DEL DERECHO COMUNITARIO EN LA COMUNIDAD EUROPEA La libre y voluntaria manifestación del consentimiento de los Estados de ser miembros de las Comunidades Europeas es que estos deben obligarse por todos los Tratados Constitutivos, y por los actos de las Instituciones que producen competencias internas a favor de las Comunidad Europea. La pertinencia de un Estado a las Comunidades Europeas produce una distribución de competencias al Estado miembro y las comunidades, el Estado se reserva un conjunto de competencias bajo su soberanía y por tanto regidas por el derecho nacional. Pero en las materias cedidas rigen los Tratados y los actos de las Instituciones o Derecho derivado. Luego, los dos Derechos coexisten en el interior de cada Estado que forma parte de la Comunidad Europea, esas relaciones entre ambos Derechos están condicionadas por los principios de autonomía, eficacia o aplicación directa y primacía del Derecho Comunitario. 66 66 Abin, Carlos. Hacia un nuevo formato de integración regional. Rev. del Sur, n. 157-158, Montevideo, nov. 2004, p. 15.

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