Universidad Católica Boliviana "San Pablo"
68 El Consejo Presidencial Andino Es el máximo órgano del Sistema Andino de Integración (SAI), que se encarga de emitir Directrices sobre distintos ámbitos de la integración subregional andina, las cuales son instrumentadas por los órganos e instituciones del Sistema que éste determina, conforme a las competencias y mecanismos establecidos en sus respectivos Tratados e Instrumentos Constitutivos. Estructura Lo conforman los Presidentes de la República de los Países Miembros, es decir, de Bolivia, Colombia, Ecuador, Perú y Venezuela. El Consejo tiene un Presidente quien ejerce la máxima representación política de la Comunidad Andina y permanece un año calendario en su función, la que es ejercida sucesivamente y en orden alfabético por cada uno de los Países Miembros. El Presidente del Consejo es el encargado de convocar y presidir las reuniones ordinarias y extraordinarias del Consejo; ejercer la representación del Consejo y de la Comunidad Andina; supervisar el cumplimiento por parte de los otros órganos e instituciones del SAI de las Directrices emanadas del Consejo; y llevar a cabo las gestiones que le sean solicitadas por el Consejo. Funciones Define la política de la integración subregional; orienta e impulsa las acciones en asuntos de interés de la Subregión; evalúa el desarrollo y los resultados del proceso de integración; examina todas las cuestiones y asuntos relativos al desarrollo del proceso y su proyección externa; considera y emite pronunciamientos sobre los informes, iniciativas y recomendaciones presentados por los órganos e instituciones del SAI.
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