Universidad Católica Boliviana "San Pablo"

30 El derecho de la integración es de mucha utilidad para la conformación de bloques económicos conformados por varios estados como por ejemplo la Unión Europea y el Pacto Andino, por lo cual es claro que si un jurista no está al día con el derecho de la integración es claro que está condenado al fracaso. En la actualidad, vemos los profundos errores que se cometen a diario por los gobernantes bolivianos en planos internacionales, es por eso que se debe tener conocimiento necesario de este Derecho A continuación se brindan una serie de conceptos para el mejor entendimiento del derecho de integración: 1.4.1 CONCEPTO DE DERECHO DE INTEGRACION Según Ruiz 29 “el derecho de integración se presenta así como la rama especial que estudia el fenómeno de los procesos y esquemas jurídicos de integración; en él se encuentran los elementos necesarios para dicernir la naturaleza de estas normas y el carácter que asume frente a otras normas del ordenamiento jurídico de un estado. Gray 30 al respecto dice: “derecho de la integración o derecho de la integración económica seria el conjunto de normas que regulan la conducta de los estados en cuanto a la integración misma o integración económica.” Molina del Pozo 31 en relación establece que el derecho de integración al ser un conjunto de normas que regulan los bloques de integración, no solo estas normas establecen en si la integración misma, si no establece y propone conductas 29 RUIZ DIAZ LABRANO, Roberto. “MERCOSUR, Integración y Derecho. Ed. Editorial argentina. 1998. Pág. 68 30 GRAY, Anne. “Derecho de la integración”. On line. www.lawyersabogados.net/recursos/integracion/economica.htm. 31 MOLINA DEL POZO, Carlos Francisco, “Manual de derecho de la comunidad europea”. Madrid, 2000 . pág. 198

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